La Justicia prorrogó por 45 días los mandatos del SOMU
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo otorgó una extensión transitoria a la actual conducción del sindicato para evitar la acefalía institucional, pero estableció un plazo estricto y advirtió que aplicará sanciones de un millón de pesos diarios si se intenta prolongar la situación sin aval judicial.
por REDACCIÓN CHUBUT 01/01/2026 - 20.19.hs
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo intervino en la crisis institucional del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) y resolvió prorrogar por 45 días los mandatos de las actuales autoridades, tras la suspensión del proceso electoral realizado en diciembre. La medida buscó garantizar la continuidad del funcionamiento gremial y resguardar la libertad sindical, aunque bajo un esquema de control estricto y con advertencias expresas ante eventuales incumplimientos.
La decisión fue adoptada por la Sala III del tribunal, integrada por los jueces Alejandro H. Perugini, Diana R. Cañal y Mario S. Fera, en el marco de las impugnaciones presentadas contra las elecciones internas. Mediante una sentencia interlocutoria, el tribunal estableció que los mandatos del Secretariado Nacional, el Consejo Directivo y la Comisión Revisora de Cuentas quedaron prorrogados por 45 días, computados desde el vencimiento original de los cargos, ocurrido el 28 de diciembre. El plazo no podrá extenderse sin autorización judicial expresa.
La Cámara accedió de manera parcial al pedido formulado por la conducción del SOMU, que había solicitado una prórroga de 90 días. Finalmente, el tribunal redujo ese plazo a 45 días al considerar que resulta suficiente para avanzar en el trámite judicial y ordenar la situación institucional. En sus fundamentos, la jueza Cañal señaló la “reticencia de la demandada al cumplimiento de lo ordenado” con anterioridad, en alusión a la suspensión de los comicios que no se habría acatado plenamente en todas las seccionales. El juez Fera coincidió en que el lapso otorgado alcanza para que el sindicato adecue su conducta a las directivas judiciales.
En paralelo, la Justicia continuó analizando los planteos de nulidad vinculados al proceso electoral de diciembre, así como una denuncia por redargución de falsedad contra la actuación de un escribano público que intervino en el procedimiento. Para avanzar en esas actuaciones, el tribunal dispuso dar intervención a la Junta Electoral del SOMU y sustanciar las providencias correspondientes, con el objetivo de resguardar el derecho de defensa y determinar la validez de las notificaciones y medidas impugnadas.
El fallo incluyó además una advertencia contundente: cualquier intento de extender los mandatos “de hecho” o de incumplir lo dispuesto dará lugar a la aplicación de astreintes por un monto de un millón de pesos diarios, con posibilidad de incrementarse si persiste una conducta renuente. Según remarcaron los jueces, la prórroga tiene carácter excepcional y transitorio, no resuelve el fondo del conflicto electoral y apunta exclusivamente a evitar los perjuicios que una acefalía podría generar tanto para la entidad gremial como para sus afiliados, mientras el expediente sigue bajo supervisión judicial.
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